Default profile picture

MANUEL TALAYERO PARIENTE

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

Ley: LEY PARA GARANTIZAR EL ACCESO LIBRE Y GRATUITO AL INTERNET DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Tipo: ADICION

Nombre: INICIATIVA POR LA QUE SE ADICIONAN UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 7 Y UN ARTÍCULO 13 BIS, AMBOS DE LA LEY PARA GARANTIZAR EL ACCESO LIBRE Y GRATUITO AL INTERNET DE LA CIUDAD DE MÉXICO, (en materia de espacios compartidos de trabajo para personas jóvenes)

Propuesta: Artículo 7. A fin de garantizar el derecho al acceso libre y gratuito a internet de banda ancha, la Administración Pública privilegiará el despliegue gradual y progresivo de infraestructura propia para la prestación del servicio público gratuito de internet. Las autoridades de la Administración Pública Local, así como las personas titulares de las Alcaldías y de los organismos autónomos de la Ciudad de México, tienen la obligación de identificar y destinar un área adecuada de sus instalaciones, equipada con tecnología, servicio gratuito de internet de banda ancha y mobiliario suficiente, para el desarrollo de proyectos de emprendimiento y actividades laborales de personas jóvenes. … Artículo 13 Bis. - La Agencia Digital de Innovación Pública creará una plataforma digital orientada a facilitar el registro de personas jóvenes interesadas en desarrollar proyectos de emprendimiento en las instalaciones de la Administración Pública Local, las Alcaldías y los organismos autónomos, a fin de proporcionar información sobre los espacios disponibles para la realización de sus actividades. Las autoridades de la Administración Pública Local, así como las personas titulares de las Alcaldías y de los organismos autónomos de la Ciudad de México, en colaboración con la Agencia Digital de Innovación Pública deberán actualizar periódicamente en la plataforma digital la información sobre los espacios disponibles, garantizando la transparencia y equidad en el proceso de asignación, así como promoviendo la igualdad de oportunidades entre todos los interesados.

Dice: Artículo 7. A fin de garantizar el derecho al acceso libre y gratuito a internet de banda ancha, la Administración Pública privilegiará el despliegue gradual y progresivo de infraestructura propia para la prestación del servicio público gratuito de internet. Sin correlativo. Sin correlativo.

Regresar