ANA LUISA BUENDIA GARCÍA
MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
Ley: LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: ADICION
Nombre: INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LOS ARTÍCULOS 48, 52, 54, 56 Y 57 TODOS DE LA LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA GRATUITA PARA LA CIUDADANÍA EN LA RED PILARES
Propuesta: Artículo 48.- Los PILARES son espacios públicos comunitarios y gratuitos, de educación y formación al servicio de las personas habitantes, vecinas y transeúntes de la Ciudad, para el ejercicio de sus derechos humanos, civiles, económicos, sociales, culturales y ambientales. Constituyen una red integrada de servicios educativos, culturales, deportivos y de formación para el bienestar. Artículo 52.- La Red de PILARES tendrá las finalidades siguientes: I a XI. … XII. Brindar servicios de orientación jurídica en materia familiar, civil, laboral y penal. Artículo 54.- Los PILARES podrán incluir, parcial o totalmente, los servicios siguientes: I a IV. … V. Orientación jurídica en materia familiar, civil, laboral y penal. … Artículo 56.- En los PILARES se desarrollan las siguientes líneas comunitarias de innovación social: I a V. … VI. Orientación jurídica en materia familiar, civil, laboral y penal. Artículo 57.- De manera enunciativa más no limitativa, los PILARES contarán con los siguientes programas sociales para el fortalecimiento de sus funciones y actividades: I a IV. … V. Orientación jurídica en materia familiar, civil, laboral y penal. Brindar información y asesoramiento sobre temas legales, enfocado a grupos de atención prioritaria o personas de bajos recursos.
Dice: Artículo 48.- Los PILARES son espacios públicos comunitarios y gratuitos, de educación y formación al servicio de las personas habitantes, vecinas y transeúntes de la Ciudad, para el ejercicio de sus derechos humanos, económicos, sociales, culturales y ambientales. Constituyen una red integrada de servicios educativos, culturales, deportivos y de formación para el bienestar. Artículo 52.- La Red de PILARES tendrá las finalidades siguientes: I a XI. … XII. Sin correlativo. Artículo 54.- Los PILARES podrán incluir, parcial o totalmente, los servicios siguientes: I a IV. … Artículo 56.- En los PILARES se desarrollan las siguientes líneas comunitarias de innovación social: I a V. … Artículo 57.- De manera enunciativa más no limitativa, los PILARES contarán con los siguientes programas sociales para el fortalecimiento de sus funciones y actividades: I a IV. …