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FEDERICO CHÁVEZ SEMERENA

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

Ley: CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Tipo: ADICION

Nombre: INICIATIVA CON PROYECTO DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN XI AL ARTÍCULO 279 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE INCENTIVOS FISCALES PARA FOMENTAR EL USO DE LA BICICLETA

Propuesta: ARTÍCULO 279.- A las empresas que se ubiquen en los siguientes supuestos, se les aplicarán reducciones por los conceptos y porcentajes que se señalan a continuación: I. X. … XI. Las empresas que acrediten que más del 50% de su planta laboral utiliza la bicicleta, bicicletas eléctricas, triciclos, patines, patinetas o cualquier otro vehículo de propulsión humana o de impulso eléctrico o asistido que utilice cualquier otro tipo de energía o asistencia, que proporcione una potencia continua normal, igual o menor a 1 KW (1.34HP), tendrán derecho a una reducción equivalente al 10% del Impuesto sobre Nóminas. Para obtener la reducción a que se refiere la fracción anterior, los contribuyentes deberán presentar una constancia emitida por la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México en la que se acredite dicha calidad. La empresa o persona moral deberá llevar un registro especial y por separado en el que se consigne el monto de las erogaciones respecto de las cuales no se pagará el Impuesto sobre Nóminas y los conceptos por los cuales se efectuaron tales erogaciones. … … …

Dice: ARTÍCULO 279.- A las empresas que se ubiquen en los siguientes supuestos, se les aplicarán reducciones por los conceptos y porcentajes que se señalan a continuación: I. X. … SIN CORRELATIVO … … …

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