VALENTINA VALIA BATRES GUADARRAMA
MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
Ley: LEY CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: REFORMA
Nombre: INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 60 DE LA LEY CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Propuesta: ARTÍCULO 60. Ninguna persona podrá ser desalojada sin un mandamiento judicial emitido conforme a las disposiciones constitucionales y legales aplicables al caso concreto, mismas que deberán apegarse a las normas internacionales en materia de derechos humanos. Las leyes en la materia establecerán los procedimientos y modalidades para garantizar el derecho de audiencia, respetar el debido proceso, y procurar en todo momento la mediación y la conciliación; además de cumplir con las formalidades esenciales del procedimiento, previo a la realización o autorización de cualquier desalojo. Dichos procedimientos deberán garantizar la participación efectiva de las personas afectadas y explorar todas las alternativas viables para evitar el desalojo. Las personas afectadas por un acto de desalojo tendrán derecho a solicitar su incorporación a programas de vivienda. Los desalojos estarán prohibidos en situaciones de emergencia, como pandemias o desastres naturales. Las leyes garantizarán que los desalojos no afecten de manera desproporcionada a grupos vulnerables, como mujeres, niños, personas mayores, personas con discapacidad y personas integrantes de alguna comunidad indígena, asegurando en todo momento su protección especial.
Dice: ARTÍCULO 60. Ninguna persona podrá ser desalojada sin mandamiento judicial emitido de conformidad a las disposiciones constitucionales y legales aplicables al caso concreto. Las leyes en la materia establecerán los procedimientos y modalidades para garantizar el derecho de audiencia, respetar el debido proceso, y procurar en todo momento, la mediación y la conciliación; además de cumplir con las formalidades esenciales del procedimiento. Las personas afectadas por un acto de desalojo, podrán solicitar a las autoridades correspondientes, su incorporación a los programas de vivienda. Sin correlativo. Sin correlativo.