CLAUDIA NELÍ MORALES CERVANTES
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
Ley: LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: ADICION
Nombre: INICIATIVA QUE ADICIONA UNA FRACCIÓN XII AL ARTÍCULO 52; ASÍ COMO UNA FRACCIÓN V AL ARTÍCULO 54, AMBOS DE LA LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO, (en materia de asesoría psicológica a mujeres en violencia de género en la red pilares)
Propuesta: Artículo 52.- La Red de PILARES tendrá las finalidades siguientes: I a XI… XII. - Coadyuvar en la disminución de la violencia, a través de apoyo y/o asesoría psicológica, a efecto de prevenir y atender a las mujeres en razón de violencia de género y, en su caso, canalizar a las dependencias especializadas, con la finalidad de contribuir a la salud mental en términos del artículo 2 de la ley de salud mental. Artículo 54.- Los PILARES podrán incluir, parcial o totalmente, los servicios siguientes: I a IV (…) I a IV (…) Sin correlativo V.- Apoyo o asesoría psicológica las mujeres víctimas de violencia de género, a través de la consulta.
Dice: Artículo 52.- La Red de PILARES tendrá las finalidades siguientes: I a XI… Sin correlativo Artículo 54.- Los PILARES podrán incluir, parcial o totalmente, los servicios siguientes: I a IV (…) Sin correlativo