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ALBERTO MARTÍNEZ URINCHO

MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL

Ley: CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Tipo: REFORMA

Nombre: INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 135 Y 138 BIS, DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, A EFECTO DE GARANTIZAR LA INDIVIDUALIZACIÓN DE LA IDENTIDAD DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Propuesta: Artículo 135.- … I. a II. … III. Para corregir algún dato esencial o por la existencia de errores mecanográficos y ortográficos. IV. En caso de homonimia del sustantivo propio y apellidos o si se causa perjuicio en la individualización de la identidad personal o en su dignidad. Artículo 138 Bis.- La rectificación de las actas del estado civil, procede cuando en el levantamiento del acta correspondiente, se deban subsanar datos esenciales o existen errores de cualquier índole, y deberán tramitarse ante la Dirección General del Registro Civil.

Dice: CAPITULO XI De la Rectificación, Modificación y Aclaración de las Actas del Registro Civil ... Artículo 135.- Ha lugar a pedir la rectificación: I. Por falsedad, cuando se alegue que el suceso registrado no pasó; II. Por enmienda, cuando se solicite variar algún nombre u otro dato esencial que afecte el estado civil, la filiación, la nacionalidad, el sexo y la identidad de la persona. III. Por existencia de errores mecanográficos y ortográficos. Sin correlativo. ARTICULO 138 Bis.- La rectificación de las actas del estado civil, procede cuando en el levantamiento del acta correspondiente, existen errores de cualquier índole, y deberán tramitarse ante la Dirección General del Registro Civil. El Reglamento del Registro Civil establecerá los supuestos, requisitos y procedimientos para realizar la rectificación de las actas del Estado Civil. Las copias certificadas de constancias de los procedimientos de jurisdicción voluntaria, así como los testimonios de instrumentos notariales en los que se hagan constar declaraciones respecto del nombre o nombres propios, apellido o apellidos omitidos o adicionados o referencias al estado civil, no impactarán rectificación del acta correspondiente.

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