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ESTHER SILVIA SÁNCHEZ BARRIOS

ASOCIACIÓN PARLAMENTARIA MUJERES POR EL COMERCIO FEMINISTA E INCLUYENTE

Ley: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Tipo: REFORMA

Nombre: INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 10 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE FINANCIAMIENTO A COOPERATIVAS DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS Y OTRAS FORMAS DE ORGANIZACIÓN PRODUCTIVA DEL SECTOR SOCIAL DE LA ECONOMÍA.

Propuesta: Artículo 10 Ciudad productiva A. Derecho al desarrollo sustentable Toda persona tiene derecho a participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales. B. Derecho al trabajo 1… 2… 3… 4… 5… 6… 7… 8… 9… 10… 11. Las autoridades impulsarán la constitución y funcionamiento de cooperativas de las personas trabajadoras y otras formas de organización productiva del sector social de la economía, que contribuyan al desarrollo económico de la Ciudad y el mejoramiento de las condiciones de vida de sus habitantes. Las autoridades establecerán los mecanismos de financiamiento público y privado, para otorgar apoyos económicos y en especie, a cooperativas de las personas trabajadoras y otras formas de organización productiva del sector social de la economía. 12… 13… 14… TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO. Remítase el presente Decreto a la Persona Titular de la Jefatura de Gobierno para efectos de su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente a su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Dice: Artículo 10 Ciudad productiva Artículo 10 Ciudad productiva A. Derecho al desarrollo sustentable A. Derecho al desarrollo sustentable Toda persona tiene derecho a participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Toda persona tiene derecho a participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales. B. Derecho al trabajo B. Derecho al trabajo 1… 2… 3… 4… 5… 6… 7… 8… 9… 10… 11. Las autoridades impulsarán la constitución y funcionamiento de cooperativas de las personas trabajadoras y otras formas de organización productiva del sector social de la economía, que contribuyan al desarrollo económico de la Ciudad y el mejoramiento de las condiciones de vida de sus habitantes. Sin correlativo

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